Hola. En este artículo veremos el estatuto de responsabilidad contractual existente en materia de daños por defectos en construcciones urbanas.
Si bien la responsabilidad extracontractual está regulada de manera general en el Título XXXV del Libro 4° del Código Civil (especialmente su art. 2323), y en el caso de contratos de construcción hay regulación en el art. 2003 del mismo cuerpo legal, lo cierto es que la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) establece en su art. 18 un estatuto detallado para estos casos, que estudiaremos brevemente acá.
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