Principio de Continuidad de la Relación Laboral. Personas Jurídicas Extintas y Deudas Laborales

El Derecho del Trabajo, a diferencia de otras ramas como el Derecho Civil, descansa en un principio de favorecimiento del trabajador, habida cuenta que el vínculo jurídico laboral entre empleador y trabajador se basa en la relación de autoridad que el primero ejerce sobre el segundo, recordando la definición del contrato de trabajo en donde el trabajador presta sus servicios “bajo dependencia y subordinación” del empleador (art. 7 Código del Trabajo, en adelante CT). Así, nuestra ley reconoce diversos principios derivados de esa protección especial, como la primacía de la realidad, la aplicación in dubio pro operario de las normas laborales y su interpretación, y en esta ocasión, el principio de continuidad de la relación laboral, que analizaremos en la perspectiva de aplicación en casos de personas jurídicas que se extingan. Leer Más