Violencia Intrafamiliar e Indignidad para Suceder

En este post algo breve nos dedicaremos a estudiar la indignidad como institución del Derecho Sucesorio y su relación con la Violencia Intrafamiliar. Es decir, si una persona que ha agredido a un familiar o persona con la que comparte casa puede quedar excluida de la herencia de quien ha sido víctima de sus actos.

Esto es importante, por cuanto el maltrato doméstico no sólo representa un daño para la persona víctima de la agresión, sino que también afecta negativamente la relación familiar, lo que también redunda en la disposición que haga o pudiera hacer la víctima para con su patrimonio luego de su muerte, entendiendo que la herencia es una manera de salvaguardar a la familia del difunto.

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Juicio de Inventario de Segundas Nupcias con Hijos Menores

Hoy día vemos que el concepto de familia ha evolucionado, y ya no sólo se ciurcunscribe al concepto tradicional nuclear (papá-mamá-hijo) o ampliado (con abuelos, nietos, parientes políticos, etc.), aceptando nuevas relaciones que hacen tambalear los paradigmas. Y esto, con no pocas dificultades, ha sido aceptado en nuestra legislación, siendo casos paradigmáticos la Ley de Filiación o la de Matrimonio Civil.

La reconstitución de familias, así las cosas, es un fenómeno frecuente, y la posibilidad de contraer matrimonio por segunda vez es una de las tantas consecuencias de lo anterior. ahora bien, nuestra legislación ha puesto ciertos requisitos especiales, y en este caso al acto jurídico por excelencia del Derecho de Familia, el Matrimonio, tiene algunas restricciones para ciertas personas, en razón de su edad (como el asenso para los contrayentes de 16 y 17 años), su situación personal (la mujer viuda, divorciada o anulada dentro de los primeros 270 días, que debe pedir autorización judicial) u otras razones. Leer Más