El 13 de marzo de 2026 se publicó la ley 21.808, que crea el Subsidio Unificado de Empleo. Este nuevo sistema de cargo fiscal, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), busca modernizar los incentivos al empleo formal y unificar beneficios existentes. 

El Subsidio Unificado de Empleo incorpora flexibilidad normativa, permitiendo ajustes futuros de parámetros sin necesidad de reformar la ley cada vez que cambie el mercado laboral. 

A continuación, desarrollamos los aspectos centrales de la ley.

¿Qué crea la ley?

La ley 21.808 crea un Sistema de Subsidio Unificado de Empleo (en adelante SUE), financiado por el Estado y administrado por SENCE. Su finalidad es promover el trabajo decente y el empleo formal mediante un beneficio monetario que incentiva la participación y contratación en el mercado laboral. 

Se estructurará en base a grupos prioritarios definidos por la ley, para propiciar el reingreso, permanencia o incorporación por primera vez al trabajo. Se excluyen expresamente las sociedades del Estado y empresas públicas creadas por ley. 

¿A quiénes beneficia esta ley?

El SUE está dirigido a trabajadoras, trabajadores y empresas del sector privado. La ley define cuatro grupos prioritarios: 

  • Jóvenes entre 18 y 24 años, 11 meses y 30 días.
  • Mujeres entre 25 y 54 años, 11 meses y 30 días. Nota: prensa indica rango 25 a 55 años.
  • Personas desde los 55 años. Prensa precisa: entre 55 y 65 años.
  • Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, desde los 18 años. 

También beneficia a empresas del sector privado que contraten personas de estos grupos y cumplan los requisitos. 

¿Cómo funciona el subsidio?

El SUE entrega un aporte monetario mensual calculado como porcentaje de la remuneración bruta del trabajador. 

  • Personas trabajadoras: reciben hasta un 20% de su remuneración bruta.
  • Empresas: reciben hasta un 20% del sueldo bruto pagado.
  • En conjunto, ambos beneficios deben sumar 30% para cada grupo prioritario. 

El monto combinado puede alcanzar hasta $185.000 mensuales entre empleador y trabajador, más del doble de los topes actuales de los beneficios que reemplaza. 

Duración y máximo de trabajadores

El subsidio se mantendrá solo mientras exista relación laboral vigente, con un plazo máximo de 12 meses. Se extiende hasta 15 meses para personas con discapacidad y para micro y pequeñas empresas. 

Para pymes, el beneficio podrá solicitarse para un máximo de 200 trabajadores por mes, con pagos diferenciados y escalonados. 

Requisitos para postular

Para acceder al SUE, los postulantes deberán cumplir: 

  1. Ser trabajador dependiente regido por el Código del Trabajo y/o trabajador independiente con rentas según art. N° 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con cotizaciones previsionales al día.
  2. Renta bruta mensual menor o igual a 2,25 Ingresos Mínimos Mensuales.
  3. Acreditar desempleo previo de al menos 6 meses continuos u 8 meses discontinuos dentro de los 18 meses anteriores a la postulación.
  4. Registro Social de Hogares: estar entre el 40% y el 60%. Este requisito no aplica para personas con discapacidad. El porcentaje específico se fijará por decreto en abril de cada año.
  5. Cotizaciones previsionales y de salud al día. 

Principios rectores del sistema

La ley establece dos principios fundamentales: 

  1. Inclusión proactiva en el mercado laboral: políticas que promuevan diversidad y equidad, con énfasis en grupos prioritarios.
  2. Acceso directo y simplificado: eliminación de barreras administrativas en solicitud, concesión y pago. 

Beneficios que reemplaza y entrada en vigencia

El SUE unifica y reemplaza tres programas históricos:

  • Subsidio al Empleo Joven (SEJ)
  • Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)
  • Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes 

El objetivo es modernizar y simplificar los subsidios, ampliar cobertura y mejorar la eficiencia del gasto público. 

El beneficio comenzará a operar en todo el país el 1 de octubre de 2026. Existirá un periodo de transición hasta 2027, con suspensión de concesiones y pagos mensuales de los beneficios anteriores. 

Postulación: El proceso será 100% digital a través del portal de SENCE, sin necesidad de acudir a oficinas. La solicitud podrá ser presentada por el trabajador o por el empleador. 

Recomendaciones prácticas para empresas y trabajadores

  1. Revisar cotizaciones: Mantener cotizaciones previsionales y de salud al día es requisito habilitante.
  2. Actualizar datos: Contar con Clave Única activa y mantener actualizada la información en plataformas del Estado.
  3. Verificar grupo prioritario: Confirmar pertenencia a alguno de los cuatro grupos y cumplimiento de tramos de renta.
  4. Pymes: Planificar contrataciones considerando el tope de 200 trabajadores por mes y la duración limitada de 12 meses. 

Referencias

NOTA: artículo redactado con la ayuda de la inteligencia artificial de Meta.ai

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