pexels-photo-267669.jpegHola a todos, sean legos o letrados. La diferencia entre ambos va a ser importante en este artículo, porque más que nada voy a reflexionar sobre un asunto que, creo yo, se le da más importancia que la que tiene. Por tanto, esto va a ser más que nada una reflexión sin tantas pretensiones, así que tampoco esperen una exposición muy maciza.

Mi profesión, la de abogado, es una profesión que se sirve principalmente de la palabra para ser ejercida. No por nada, el derecho es una creación «literaria», si puede expresarse de algún modo. Se refiere básicamente a tomar el elemento jurídico, sea ley, jurisprudencia, doctrina, etc., y utilizarlo tanto a nivel oral como escrito ante las diversas instancias judiciales, administrativas o de otra índole. Es por tanto un ejercicio del uso del vocabulario, tanto común como técnico, para plasmar una defensa, crear un contrato, estudiar una situación, entre otros.

El uso de la palabra, entonces, se transforma en una cuestión fundamental para nuestra profesión. De ahí que el uso de los conceptos por parte de nosotros tiene que tener algún grado de cuidado. Contra la lógica enseñada en nuestros años escolares, nuestra profesión no conoce de sinónimos, y aquello que en el lenguaje cotidiano tiene uno u otro significado (o varios a la vez), para nosotros puede ser algo distinto.

Y esto se confirma cuando observamos que en el mundo «no jurídico» se suelen confundir algunas cosas que a los ojos de nuestra formación aparecen como claras y diferenciadas. Como por ejemplo, cuando en los medios de comunicación se confunden las funciones de un tribunal con las de una fiscalía, o como en esta columna cuando se tiende a utilizar cómo sinónimos términos que en nuestra jerga no lo son.

Y aquí entro en el tema del título de este posteo. En diversos foros y redes sociales relativas al mundo de los abogados se suele hacer mofa o crítica de cuando se utiliza confusamente los términos de querella y demanda. No es agradable a muchos leguleyos que alguien se le ocurra decir una «demanda penal» cuando lo correcto sería una «querella penal», o al revés, que en alguna parte se refieran a una «querella» en ámbitos distintos al derecho criminal o infraccional.

pexels-photo-613508.jpegVamos por parte. La demanda es la forma tradicional en la que se inician los juicios en las materias civiles y aquellas que históricamente derivaron de de esa rama (laboral, familia, etc.), lo que no ocurre en materia penal, donde el inicio por regla general es de oficio por un órgano público, sea un juez del crimen (sistema antiguo) o el Ministerio Público (sistema actual). En este último caso, la querella es una forma especial y un tanto excepcional de iniciar el procedimiento penal, o de sumarse al que ya existe.

Hasta ahí todo bien. Pareciera que no habría discusiones y que en este caso los leguleyos tenemos la razón. Sin embargo, en materia penal, y al menos en nuestro derecho, sí cabe hablar de «demanda». Aunque, en este caso, se refiere a la persecución de la responsabilidad civil derivada del delito mediante una demanda civil dentro del proceso penal.

Por otro lado, no me deja de parecer contradictoria la actitud de la gente de mi gremio respecto de esta confusión terminológica, cuándo en materia civil nuestra doctrina todavía hable de «querellas posesorias», que son las que, al menos en Chile, se rigen por los arts. 924 y siguientes del Código Civil. ¿En qué quedamos? ¿No se supone que en materia civil no existen las querellas?.

Si nos vamos al origen etimológico de la palabra «querella», ésta viene del término latino queri, que quiere decir «reclamar, quejarse». Es decir, alude al derecho a quejarse reclamar ante un juez ¿Y no es acaso esto mismo lo que se hace en una demanda? Entonces querella y demanda, en el origen, son sinónimos, y solamente la decisión del legislador (o la actividad de la doctrina y jurisprudencia) ha hecho que se llamen de uno y otro modo en diversos órdenes jurídicos. Es un tema, por tanto, de decisión y no de naturaleza.

Es mucho más grave, por ejemplo, ver cómo se sigue utilizando el concepto de «recurso de protección» cuando la diferencia entre acción y recurso es bastante más grande, y sin embargo no nos parece preocupar en lo más mínimo cuando la prensa, e incluso juristas, usan esa frase en vez de la más correcta que es «acción de protección».

pexels-photo-261949.jpegTodo esto me lleva a reflexionar sobre el tema del purismo que existe en algunos círculos y actividades. El purismo es una forma de fundamentalismo, en este caso hablo del «purismo terminológico», aquella manía o idea de que las palabras deben usarse en todo momento y lugar de una sola forma, sin admitir variaciones metafóricas, de contenido o de contexto, entre otras que suelen hacerse respecto de las mismas.

Al parecer, por nuestra formación académica y la creencia de pertenecer a un grupo privilegiado nos hace actuar como verdaderos guardianes de la majestad y pulcritud del Derecho y su vocabulario, exigiendo su recta interpretación no sólo a quienes trabajamos directamente con él, sino a todo el mundo que lo usa, incluso aquellos a quienes la importancia del mismo sólo se da en un plano meramente marginal, que es la mayor parte de la población. Nos molestamos cuando en nuestro lenguaje cotidiano se usa «cónyuge» y «esposo» cómo sinónimos, sin darnos cuenta que somos el único país del mundo hispánico en hacer distinción de los conceptos (en el resto de los países la legislación los considera sinónimos). Pretendemos que la gente siga nuestra forma de entender las cosas, cuando se supone que es un aspecto más bien técnico que sólo interesa a nosotros en la medida en que lo usemos en nuestro trabajo.

Y esto me lleva también a otro tema. El del lenguaje políticamente correcto. El cual las más de las veces surge para prevenir una posible ofensa al interlocutor, pero que en nuestro caso más parece convertirnos en jueces de la actitud y lenguaje de la gente común, a la que la diferencia entre demanda y querella no le afecta en lo más mínimo su rutina de vida.

Como sea, hacer tanta discusión entre si es correcto hablar de «demanda penal» o «querella civil» me parece más un divertimento jurídico, un acto de petulancia de quienes creen que por tener un cartón en la mano o estar cerca de obtenerlo son mejores y más «bacanes» que el resto de la gente, sin siquiera entender la complejidad del mundo con el cual están tratando.

En conclusión a la hora de querer calificar el buen o mal uso de los términos jurídicos hay que mirar el contexto del lugar las personas el ambiente antes de ponernos de jueces del vocabulario y corregir como si en eso se nos fuese la vida o el prestigio.

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