A mi distinguida audiencia, informo la publicación de los Boletines números 11 y 12 de este estudio. Espero que les sirva para aprender sobre las nuevas normas y sobre algunas instituciones jurídicas de importancia.
Leer MásBoletín Nros. 11 y 12
A mi distinguida audiencia, informo la publicación de los Boletines números 11 y 12 de este estudio. Espero que les sirva para aprender sobre las nuevas normas y sobre algunas instituciones jurídicas de importancia.
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A mi distinguida audiencia, informo la publicación del Boletín número 10 de este estudio. Espero que les sirva para aprender sobre las nuevas normas y sobre algunas instituciones jurídicas de importancia.
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Hola a todos. Comparto con ustedes una nueva edición de los boletines jurídicos de este estudio, con información actualizada sobre las novedades legales. Asimismo, les acompaño una Addenda sobre la nueva Ley de Extranjería. Espero que les guste y les sirva.
Leer MásHola a todos. Comparto con ustedes una nueva edición de los boletines jurídicos de este estudio, con información actualizada sobre las novedades legales.
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La cuarentena me ha tenido un poco ido. Se me olvida cumplir con la obligación que siento que tengo con ustedes de aportarles conocimiento en materias de Derecho. En fin, que voy a cumplir haciendo una revisión de otras cosas que contempla la ley 21.227, llamada Ley de Protección al Empleo (LPE), y que no traté en otras ocasiones, y que creo que deben tratarse ya que la ley sigue vigente (y parece que lo seguirá por un largo tiempo).
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NOTA: Véase la Actualización debido a la reforma hecha por la ley 21.232, a pie del artículo.
Chile y el mundo siguen en la encrucijada por la pandemia de coronavirus. Esto ha afectado la vida cotidiana de las personas y, por supuesto, a la economía y el derecho. En dos artículos ya he hablado sobre la “legislación de emergencia” dictada en mi país, a propósito de la posibilidad de poder realizar el trabajo a distancia y de las obligaciones respecto de vehículos motorizados.
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He vuelto tras un tiempo, ahora que la catástrofe mundial causada por el Covid-19 nos afecta, de alguna u otra manera, y que generó una respuesta inusitada de parte de nuestros poderes públicos. Entre otros, nuestro Poder Legislativo sacó una legislación urgente para reconocer y amparar el trabajo a distancia o también conocido como “teletrabajo”. Esto, por cuanto la cuarentena en muchas partes obligó a varias personas a tener que trasladarse a sus casas y continuar su trabajo en ellas, cuando la situación se lo permitía.
En medio de la disputa entre gobierno y oposición por el tema de las horas de trabajo y/o la flexibilización laboral, ha pasado medio colado un asunto que se relaciona indirectamente con esta polémica, referido a una nueva ley que estableció un nuevo tipo de contrato de trabajo para el caso de estudiantes universitarios, técnicos o de otro nivel superior, que busca conciliar su situación laboral con sus estudios. En efecto, hace unos días se publicó la ley 21.165, que establece la “Jornada Parcial Alternativa” para esta clase de estudiantes. Leer Más
El Derecho del Trabajo, a diferencia de otras ramas como el Derecho Civil, descansa en un principio de favorecimiento del trabajador, habida cuenta que el vínculo jurídico laboral entre empleador y trabajador se basa en la relación de autoridad que el primero ejerce sobre el segundo, recordando la definición del contrato de trabajo en donde el trabajador presta sus servicios “bajo dependencia y subordinación” del empleador (art. 7 Código del Trabajo, en adelante CT). Así, nuestra ley reconoce diversos principios derivados de esa protección especial, como la primacía de la realidad, la aplicación in dubio pro operario de las normas laborales y su interpretación, y en esta ocasión, el principio de continuidad de la relación laboral, que analizaremos en la perspectiva de aplicación en casos de personas jurídicas que se extingan. Leer Más