Pactos de Reducción de Jornada por Coronavirus

NOTA: Véase la Actualización debido a la reforma hecha por la ley 21.232, a pie del artículo.

Chile y el mundo siguen en la encrucijada por la pandemia de coronavirus. Esto ha afectado la vida cotidiana de las personas y, por supuesto, a la economía y el derecho. En dos artículos ya he hablado sobre la “legislación de emergencia” dictada en mi país, a propósito de la posibilidad de poder realizar el trabajo a distancia y de las obligaciones respecto de vehículos motorizados.

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Algunas Tesis sobre la Inesperada Crisis de Chile

Una bofetada en la cara. No puedo negar que eso ha sido la crisis política de los últimos 15 días (sí, hace 15 días nadie hubiera pensado que estaríamos tan mal). Me tocó vivir como estudiante la inolvidable «Revolución Pingüina» de 2006, en un sitio tan emblemático como la Escuela de Derecho de la Universidad de Chile. La otra gran protesta estudiantil, la del 2011, me tocó vivirla lejos, haciendo la práctica en Linares. Entre ellas y luego de la última hubo movilizaciones, aunque de menor calado. Pero lo que ocurrió ahora rompió las expectativas y las estadísticas.

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¡Publiquen los P**** Precios!

Hola a todos. ¿No les ha pasado que han ido a una tienda y miran las vitrinas, y ven los productos pero no ven los precios?

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(cc) Tanár

Es una táctica bastante perversa con el cliente. Juegan con ese orgullo que tiene todo cliente que va a comprar una cosa o un servicio, si no aparece el precio se halla obligado, entonces, a ingresar al local y preguntar el valor al vendedor o dependiente. Una vez conocido el precio, el cliente (o sea el comprador) se halla en las siguientes situaciones: Leer Más

Pensión alimenticia: comparación de alimentos «mayores» y «menores»

Llega marzo y con ello llegan muchos gastos, sobre todo con el tema de la educación de los hijos. Y sucede que, debido a que son los padres los llamados a cubrir estos gastos (no sólo naturalmente, sino legalmente están obligados), en las familias que viven la separación de ellos el camino más común para que el otro padre (el que no está criando a los hijos) corra con parte de esta obligación es demandarlo de pensión alimenticia. Pero esta figura no existe solamente de padre a hijo, sino que también puede demandarse de pensión a los descendientes, al cónyuge, al hermano y a quien se le hizo una donación cuantiosa. Así prescribe el art. 321 del Código Civil.

Hace un tiempo, en otra plataforma, escribí sobre los llamados «alimentos mayores», que en realidad deberían llamarse «alimentos DE mayores», para diferenciarse de los que corresponden a los hijos menores de edad, y que aparte de regirse por el Código Civil están sujetos a la ley 14.908. Ahora, quisiera ser más completo y hacer una comparativa breve entre ambos tipos de pensión alimenticia. Leer Más