En los últimos días, mi alma mater la Universidad de Chile se ha visto envuelta en escándalos referidos a la tolerancia y el pluralismo político entre estudiantes. Primero, por la agresión sufrida por una estudiante de la Facultad de Ciencias Sociales debido a sus posiciones políticas, que difieren de la inmensa mayoría de quienes asisten a ese lugar. Pero me quiero centrar en lo que está sucediendo en la Facultad de Derecho, de donde egresé hace casi una década, debido a la propuesta de Estatuto para el Centro de Estudiantes de Derecho (CED), que entre otros contenidos destaca la presencia de varios “anti” en su declaración de principios. Así las cosas, el Estatuto declara al CED como un ente anticapitalista, antiespecista, anti imperialista, antipatriarcal, entre otros.

El asunto despierta polémica, ya que se advierte por algunos sectores que la propuesta carecería de la neutralidad inherente a una organización que alega funcionar bajo estándares democráticos. En este sentido, se ha señalado por los críticos de la propuesta que una interpretación exégeta de la norma podría llevar al extremo de excluir candidaturas o grupos políticos, como ya ha sucedido en otros lugares.

Una Propuesta Peligrosa

En mi opinión, esta propuesta no sólo contraría los derechos fundamentales garantizados por nuestra Constitución y los tratados internacionales, tales como la libertad de expresión, de opinión, igualdad de oportunidades, no discriminación, sino que también contrarían lo dispuesto el propio Estatuto de la Federación de Estudiantes de la U. de Chile (FECH) a la que se halla afiliada el CED[1], y al Estatuto Orgánico de la Universidad de Chile[2], por lo que podrían significar una fuente de conflictos con las autoridades universitarias y con la entidad gremial superior de la misma casa de estudios, sin hablar de los choques con otros Centros de Estudiantes de la U que pudieran tener visiones divergentes, cuando no contrapuestas.

Por otro lado, estas propuestas “anti” recuerdan mucho al antiguo art. 8 de la Constitución, el que prohibía las doctrinas basadas en la lucha de clases[3], norma criticada con justa razón, pero cuyo tufillo se recuerda con esta y otras propuestas que establecen “enemigos doctrinarios” a los que combatir.

En fin, que esta clase de propuestas afecta seriamente la imagen y prestigio de la Facultad de Derecho de la U. de Chile, porque crearía un escenario de sectarismo que inhibiría a muchos buenos estudiantes de seguir estudios allí por temor a ser censurados, empobreciendo no sólo el ambiente sino el nivel de discusión política, cosa que favorecerá a competidores tradicionales como nuevos que están al acecho.

La U. de Chile: Democrática, aunque No (siempre) Neutral

La U. de Chile, si algo la ha caracterizado a lo largo de sus 177 años, ha sido acoger las más diversas corrientes políticas y sociales en su seno, recordando la frase de Andrés Bello de que en la universidad “todas las verdades se tocan”. La convivencia de pensamiento, la sana confrontación y debate, en fin, la democracia interna ha sido un sello y aspiración de la Casa de Bello, amén de su fin de modelo y ejemplo para la sociedad nacional, por lo que propuestas como la del nuevo Estatuto CED parecen ir en contra de esa impronta.

No obstante, a lo largo de la historia la FECH, el CED y en general la U. de Chile han enarbolado banderas distintivas como la democratización, la justicia social o la promoción de sectores marginados, propuestas que rompen con una aparente neutralidad que debería haber en un organismo público. Así, estas banderas en general, o algunas medidas específicas, han tenido siempre alguna resistencia interna o han sido motivo de discusión por algunos sectores, pero ello rara vez llevó a la exclusión de quienes no fueran adherentes, al menos no de manera forzada[4]. De ahí que la lógica del “anti” no se avenga con el espíritu de pluralismo, ya que responde más a una lógica de enemigos a vencer.

La alternativa: el “Pro”

Prefiero más bien, como alternativa a los “anti” propuestos en el Estatuto CED, la lógica del “pro”, que permite fijar objetivos que unan más que dividan; que sean una carta de navegación a la que ceñirse, y que incorpore incluso a los eventuales adversarios.

Pero ¿A qué deberíamos referirnos cuando hablamos de “pro”?

En mi opinión, si nos atenemos al fin primordial de un Centro de Estudiantes, la respuesta es la defensa del bienestar y derechos de los alumnos de la institución, sean o no afiliados. Por tanto, en lo inmediato los “pro” deben construirse a propósito de ese fin, tanto a nivel de Facultad como de Universidad y de relaciones interuniversitarias (Confech, Consejo de Rectores, etc.).

No obstante, como ya dijimos, por razones históricas tanto el CED como la FECH (y en general la misma casa de estudios) han tenido una aspiración de influir más allá de las paredes de la Universidad, por lo que también podría incluirse lineamientos en ese sentido, pero reconociendo el derecho a disentir respetuosamente de esos fines.

De este modo, a manera de ejemplos, dejo una serie de “pro” que podrían reemplazar los “anti” que se quieren introducir en la propuesta de Estatuto del CED:

  1. En reemplazo del “anticapitalismo”, propongo “pro democracia social”, o “pro equilibrio económico”, o “pro justicia social”. Acoger como motivo la promoción de todos los sectores nacionales a participar con igualdad de oportunidades de la vida socioeconómica, aportando para la sana competencia, la eliminación de los abusos de poder y la protección de los más desvalidos.
  2. En sustitución del “antiespecismo” recomiendo “pro bienestar animal” o “pro medio ambiente” o “pro ecología”. En este sentido, debería compatibilizarse el contenido con lo señalado en el art. 19 N° 8 de la carta fundamental, que asegura a todas las personas el derecho a un ambiente libre de contaminación y la preservación de la naturaleza, promoviendo el cuidado de todo ser vivo como conducta deseable (mas no obligada).
  3. En reemplazo del “antiimperialismo”, invocaría el “(pro) Derecho de Autodeterminación de los Pueblos”,
  4. En vez del “antipatriarcado”, abogaría por un Estatuto “pro mujer”, reconociendo la histórica desventaja que ellas han sufrido y promoviendo medidas positivas, pero sin olvidarnos que el fin último es la igualdad y libertad de las personas en su identidad sexual o de género, y sin olvidar, por cierto, a la otra mitad (varones) que aunque privilegiados, siguen siendo personas. Asimismo, propongo el “pro diversidad sexual”.

Como verán, son lo suficientemente amplios (o ambiguos, si quiere) para fijar el norte del gremio y a la vez reconocer la existencia de divergencias puntuales. Esto debería permitir la flexibilidad y divergencia necesarios para que la democracia pueda desarrollarse dentro de la Casa de Bello.

 

PD: Una versión más breve de esta columna fue publicada en la sección de Comentaristas de Emol.com


[1] Punto 3 Declaración de Principios: Una Universidad pluralista, en donde puedan y deban expresarse todas las visiones y en todos los ámbitos de saber y la innovación, en donde no exista ningún tipo de discriminación de credo, ideología, posición política, condición social, etcétera.

Art. 50: Se reconoce el derecho a la libre expresión de ideas y opiniones en todo lugar, oralmente o por escrito, con la sola limitante de proceder con el debido respeto.

Art. 51: Se reconoce el derecho a la libre participación a todos aquellos a quienes se refiere el Art. 4, en todas  las actividades estudiantiles delimitadas en el presente Estatuto y las que al margen de él no contradigan las normas de representatividad y legitimidad fijadas por éste. Este derecho se traduce también en la posibilidad de optar a cargos estudiantiles y en la generación de dichos cargos a través del sufragio. con las limitaciones establecidas en ese mismo artículo.

Véase Estatuto FECH: https://benjaminmejias.files.wordpress.com/2015/09/estatuto-fech-16-09-14.pdf

[2] Art. 4: Los principios orientadores que guían a la Universidad (…) son: la libertad de pensamiento y de expresión; el pluralismo; y la participación de sus miembros en la vida institucional (…) la actitud reflexiva, dialogante y crítica en el ejercicio de las tareas intelectuales (…) el respeto a personas (…) y el fomento del diálogo y la interacción entre las disciplinas que cultiva. Véase Estatuto de la U. de Chile: http://uchile.cl/u58046

[3] El antiguo art. 8 inciso primero de la Carta Fundamental de 1980 establecía: “Todo acto de persona o grupo destinado a propagar doctrinas que atenten contra la familia, propugnen la violencia o una concepción de la sociedad, del Estado o del orden jurídico, de carácter totalitario o fundada en la lucha de clases, es ilícito y contrario al ordenamiento institucional de la República.”. Los incisos siguientes establecían la inconstitucionalidad de las asociaciones que promovieran tales doctrinas, y entregaba al Tribunal Constitucional el conocimiento y sanción de esta causa. Hoy, el inc. séptimo del N° 15 del art. 19 de la Constitución se considera un heredero “débil” del antiguo art. 8, al permitir perseguir a grupos que promuevan ideas totalitarias,

[4] Se cita frecuentemente el caso del abogado y empresario Ricardo Claro como el único estudiante expulsado de la FECH por denunciar a compañeros suyos en el marco de la “Ley Maldita”. Véase en The Clinic “El vengativo señor Claro”: https://www.theclinic.cl/2008/10/28/el-vengativo-senor-claro/

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