A mi distinguida comunidad, presento con sumo agrado el Boletín Nº 27 de este estudio jurídico, con información legal de actualidad.
Leer MásBoletín Jurídico 27
A mi distinguida comunidad, presento con sumo agrado el Boletín Nº 27 de este estudio jurídico, con información legal de actualidad.
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La ley 21.461, conocida popularmente como “Ley Devuélveme Mi Casa”, modifica la actual Ley de Juicio de Arriendos Urbanos al incorporar una nueva medida cautelar en el juicio por terminación de contrato de arriendo de vivienda urbana, solucionando un problema que tenía la ley que, por las demoras propias del procedimiento civil aplicable, no satisfacía la necesidad de los arrendadores de recuperar sus propiedades de manera rápida.
Pero, asimismo, la ley incorporó un nuevo procedimiento, de orden monitorio, destinado al cobro de los cánones de arriendo adeudados, así como de aquellos servicios propios del hogar, como luz, agua, gas, basura, entre otros, con la posibilidad de permitir el lanzamiento o expulsión del arrendatario moroso.
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A nuestra distinguida comunidad, me es grato informar de la publicación del nuevo Boletín Jurídico de este estudio jurídico, con información útil y de actualidad en meteria jurídica. Esperamos que les sea de utilidad y disfrute.
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Con mucho gusto comparto con uds. la edición número 24 del Boletín Jurídico de este estudio jurídico, con información de actualidad en materia legal.
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Debido a los problemas que la Pandemia de Covid-19 provocó en el desplazamiento de las personas, se debieron dictar una serie de leyes que facilitaran la celebración de juicios, audiencias y otras diligencias judiciales. Para poder afrontar el tiempo posterior al Estado de Catástrofe se dictó la ley 21.394, que introdujo reformas en diversos cuerpos legales, entre ellos la ley 19.968 de Tribunales de Familia.
En esta ocasión, hablaré de la modificación que permitirá a los Divorcios de Común Acuerdo poder tramitarse rápidamente, sin las audiencias a que estamos acostumbrados. Un verdadero «Divorcio Express».
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El martes pasado se acabó el plazo para presentar propuestas en la Plataforma de Iniciativa Constituyente de la Convención Constitucional (iniciativas.chileconvencion.cl), y con una masividad elocuente se han presentado 2.433 ideas para que la Convención las vea, previa concurrencia de al menos 15.000 firmas de personas de al menos 4 regiones (hasta el momento 15 lo han conseguido). Si bien tengo algún reparo en cuanto a la cantidad y calidad de las mismas, o la falta de mayor difusión del proceso, lo cierto es que hay un interés en la población de querer ser escuchada en el proceso constituyente.
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Deseando a mi distinguida clientela un feliz año 2022, entrego a uds. el último Boletín Jurídico de este estudio, con información jurídica de actualidad.
Que pasen unas felices fiestas.
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Hace algunos años se promulgó la ley 21.160 que establecía la imprescriptibilidad de los delitos penales relativos a la libertad sexual respecto de víctimas menores de 18 años. Hasta entonces, la prescripción empezaba a operar cuando la víctima cumpliera la mayoría de edad, regla que sigue operando para los hechos anteriores a la promulgación de la ley. No opera, sin embargo, cuando el autor del delito sea un adolescente (de 14 a 17 años).
En este artículo, sin embargo, me dedicaré a analizar el contenido «civil» de esta ley, que establece un régimen especial para las acciones civiles derivadas del delito, ya que la normativa permitió «revivir» este tipo de demandas, con las reglas que explico a continuación. Leer Más
A mi distinguida comunidad, informo que he liberado el Boletín Jurídico número 19 con información jurídica de actualidad. Espero que pueda servirles y agradezco de antemano su atención.
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Hace poco tiempo se promulgó la Ley 21.389 sobre Registro de Deudores de Alimentos. En esta normativa se modifica la actual Ley 14.908 de Pensiones Alimenticias, estableciendo que aquellos deudores de más de tres meses de pensión quedarán anotados en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, del cual sólo podrán salir si pagan lo adeudado o presentan una garantía para su cumplimiento.
Pero además, esta norma busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones alimenticias, introduciendo la acción pauliana o revocatoria de actos del alimentante, estableciendo como regla general la retención de la remuneración, poniendo más exigencias a las transacciones sobre alimentos futuros, estableciendo nuevas reglas para el procedimiento ejecutivo.
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