Un tema algo complejo que me ha tocado vivir en mi labor profesional es el cobro de cheques y otros títulos de crédito. No siempre es fácil, ya sea por el costo de hacer el protesto judicial, o porque el método de cobro (juicio ejecutivo) es extremadamente lento y costoso. Así, la salida penal puede ser algo más rápido pero para el solo efecto de «intimidar» al librador del documento, ya que el delito penal sólo conlleva penas de cárcel mas no la posibilidad de cobro.
Pero ¿qué pasa cuando el cheque es de una cuenta corriente perteneciente a una persona jurídica? ¿Se podría perseguir penalmente a quien giró ese cheque como representante, gerente o similar? En este artículo lo vamos a analizar.