Después de un tiempo, vuelvo a mi rubro más específico, el Derecho de Familia, especialmente las materias de Filiación.
La ley reconoce cuatro tipos de acciones judiciales en la materia: Reclamación, Impugnación, Desconocimiento y Nulidad del Reconocimiento. Por otro lado, la principal forma de constitución de paternidad, no habiendo matrimonio, es el Reconocimiento, acto jurídico voluntario y, por regla general, irrevocable del padre (varón). Pero ¿puede la madre oponerse a este reconocimiento, aun viniendo de una persona que no es el verdadero padre? Y si se puede ¿cuál es la forma?
Esta columna la escribo a partir de una situación sucedida en mi desempeño profesional, sobre la mala utilización de una norma del Derecho de Familia, pensada para situaciones de peligro. Me refiero al uso del procedimiento de violencia intrafamiliar parta situaciones que no tienen mayor relación con actos de agresión o maltrato, movido más que todo por la ignorancia general en cuanto a los procedimientos judiciales y a la falta de uno que se dedique a ciertas situaciones que pasaré a explicar más adelante.
Enero ha sido un mes pastoso. Pocos clientes, muchas molestias. Pocos ingresos y muchos gastos. Y como la autodisciplina no es una de mis virtudes (he mejorado pero todavía no me siento óptimo en ello), ha sido poco el entusiasmo para hacer alguna columna. Pero ahora voy a hacer un mínimo esfuerzo y les dejo este posteo, que va a ser breve. 

