Me es grato anunciar a uds. la publicación el primer boletín jurídico de este 2023, con información jurídica de actualidad. Espero que les sirva y se informen.
Leer MásBoletín Jurídico Nº 31

Me es grato anunciar a uds. la publicación el primer boletín jurídico de este 2023, con información jurídica de actualidad. Espero que les sirva y se informen.
Leer MásDebido a los problemas que la Pandemia de Covid-19 provocó en el desplazamiento de las personas, se debieron dictar una serie de leyes que facilitaran la celebración de juicios, audiencias y otras diligencias judiciales. Para poder afrontar el tiempo posterior al Estado de Catástrofe se dictó la ley 21.394, que introdujo reformas en diversos cuerpos legales, entre ellos la ley 19.968 de Tribunales de Familia.
En esta ocasión, hablaré de la modificación que permitirá a los Divorcios de Común Acuerdo poder tramitarse rápidamente, sin las audiencias a que estamos acostumbrados. Un verdadero «Divorcio Express».
Leer MásBuen sábado a todos. Éste iba a ser un artículo que propondría al Centro de Estudios Ius Novum de la U. de Valparaíso, tal como hice hace algunos meses con «La Identidad Neuropsíquica en el Proyecto de Neuroderechos«. No obstante, se me informó que hubo cambios a la política de artículos y sólo aceptarían trabajos de estudiantes y egresados no titulados de la UCV.
Una versión más reducida fue publicada en la sección de comentaristas de Emol bajo el título Compensación Económica y Retención del Retiro de 10%.
Espero les guste, comenten, compartan, se los agradecería profundamente.
Leer MásLa Ley 19.947, de Matrimonio Civil (en adelante LMC), promulgada el 17 de mayo de 2004 y en vigencia desde el 17de noviembre de ese año, fue un hito de los más importantes en la historia reciente de nuestro Derecho de Familia, al establecer por fin el divorcio como forma de finalización del matrimonio en vida de los contrayentes, pero también por crear instituciones de protección a los cónyuges, como es el caso de la institución que estudiaremos acá, la Compensación Económica. En especial, veremos el concepto de menoscabo y cuáles son los parámetros que el art. 62 LMC establece para determinar su procedencia, y cómo han fallado nuestros tribunales al respecto.
Como ya se habrán enterado, se acaba de dictar la ley 21.264, que suprime aquel impedimento que tenían las mujeres cuyo matrimonio había quedado disuelto, para contraer nuevas nupcias. Lo interesante es que además establece una nueva regla de presunción de paternidad para el caso de los hijos que la madre diera a luz tras la disolución, y que analizaremos brevemente acá.
Leer MásEl divorcio es uno de los elementos novedosos introducidos por la ley 19.947 de Matrimonio Civil. Hasta entonces, el “divorcio” que salía en la legislación anterior era sólo una separación judicial, y la modalidad de disolución del matrimonio era la nulidad.
El divorcio es ante todo un asunto jurisdiccional, esto es, sólo puede decretarse por un triunal con competencia en familia, a requerimiento de parte, cumpliéndose los requisitos legales de infracción grave a los deberes matrimoniales (divorcio por culpa) o de cese de convivencia (divorcio unilateral o de mutuo acuerdo). Para ello, conforme a lo señalado en la ley 19.968, se requiere el patrocinio de un abogado y otorgar mandato judicial a una persona que tenga ius postulandi. Leer Más
Hoy día vemos que el concepto de familia ha evolucionado, y ya no sólo se ciurcunscribe al concepto tradicional nuclear (papá-mamá-hijo) o ampliado (con abuelos, nietos, parientes políticos, etc.), aceptando nuevas relaciones que hacen tambalear los paradigmas. Y esto, con no pocas dificultades, ha sido aceptado en nuestra legislación, siendo casos paradigmáticos la Ley de Filiación o la de Matrimonio Civil.
La reconstitución de familias, así las cosas, es un fenómeno frecuente, y la posibilidad de contraer matrimonio por segunda vez es una de las tantas consecuencias de lo anterior. ahora bien, nuestra legislación ha puesto ciertos requisitos especiales, y en este caso al acto jurídico por excelencia del Derecho de Familia, el Matrimonio, tiene algunas restricciones para ciertas personas, en razón de su edad (como el asenso para los contrayentes de 16 y 17 años), su situación personal (la mujer viuda, divorciada o anulada dentro de los primeros 270 días, que debe pedir autorización judicial) u otras razones. Leer Más
Una de las innovaciones que la Ley de Matrimonio Civil de 2004 introdujo fue la del Divorcio Vincular, que vino a solucionar un tema que se había esquivado o solucionado de manera feble y a ratos mentirosa, que era la disolución de los matrimonios. Ya hice hace algún tiempo un resumen de las distintas formas que puede asumir el divorcio (y comparándolo también con la nulidad, que aun se mantiene), dejando claro que es para los casos en que el divorcio se obtuvo en Chile.
Pero surge el tema en cuanto al reconocimiento de los divorcios que se han producido en el extranjero, a fin de que produzcan sus efectos en lo patrimonial como en la disolución del vínculo personal, a fin de permitir el matrimonio posterior de los ahora excónyuges.
Luego de un tiempo apartado de esta plataforma, vuelvo con un artículo breve para hacer una comparativa breve, primero, entre la Nulidad Matrimonial y el Divorcio, y luego entre los distintos tipos de Divorcio que se regulan en nuestra Ley de Matrimonio Civil (LMC). Será un artículo breve, de orden más didáctico, para guiar de mejor manera a quien pueda interesarle cómo debe actuar en estos casos. Leer Más